Centro · Tarragona · 43008

Casa señorial histórica de 926 m² en Ferran

750.000 € 810 €/m²

Casa señorial del siglo XVIII en Ferran, con 926 m² construidos sobre una parcela de 1.224 m², tres plantas indicadas, jardín amurallado y vistas al mar. Adecuada para uso bifamiliar o explotación económica.

Referencia Ferran JG-441 · En Inmoblia desde el 4 de septiembre de 2026 · Publicado por Jaume Guasch Immobiliària

El inmueble

Ficha técnica

Lo que dice el anuncio sobre el inmueble: superficie, distribución, estado y datos registrales.

Algunos datos del anuncio son dudosos

Mostramos el valor publicado por la fuente como contexto, pero no lo usamos en cálculos hasta resolver la evidencia contradictoria.

Tipo
Casa
Superficie construida
926 m²
Parcela
1224 m²
Baños
4
Equipamiento

Equipamiento y extras

Lo que trae el inmueble y cuánto pesa cada cosa en el sub-score “Datos del inmueble”.

  • Vistas al mar +6
  • Jardín

El anuncio menciona además:

  • Carácter arquitectónico del siglo XVIII
  • Jardín amurallado junto al Castillo de Ferran
  • Mobiliario de época incluido
  • Vistas al castillo de Tamarit
  • Fincas rústicas colindantes disponibles para adquirir
  • Adecuada para uso bifamiliar o explotación económica

Texto libre que no hemos podido normalizar a un atributo comparable, así que no puntúa.

Cómo puntúan estos valores

Esto es una preselección sobre los datos del anuncio, no un informe de due diligence. Antes de decidir, verifica los puntos que no podemos comprobar desde aquí:

  • Situación de posesión: que esté libre, sin okupas ni inquilinos con contrato en vigor.
  • Si está alquilado, la renta actual, el tipo de contrato y su fecha de vencimiento.
  • Estado real de conservación e instalaciones (posibles reformas ocultas) y certificado energético en vigor.
  • Gastos de comunidad reales y, sobre todo, si hay derramas aprobadas o pendientes: figuran en las actas de las últimas juntas de la comunidad.
  • IBI real del inmueble: nuestra cifra es una estimación a partir de los valores catastrales del municipio, no el recibo concreto.
  • Cargas, hipotecas, embargos o servidumbres en la nota simple del Registro de la Propiedad.